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La Responsabilidad Social Empresarial y la Ética. ¿Debe la RSE ser una obligación, o es voluntaria?

“En la industria todo
se reporta al hombre. Los productos creados responden a sus necesidades. La
fabricación requiere su trabajo. El problema es producir el mayor número de
satisfacciones con la menor fatiga posible. Esto equivale a obtener el mejor
rendimiento. Es cómodo medir y comparar los rendimientos utilizando signos
monetarios. Pero estos signos no tienen sentido que por la alegría y la pena de
los hombres.”
(Gaston
Berger, filósofo, industrial y administrador francés)

En un artículo en su blog, Josep María Lozano pone la RSE (Responsabilidad
Social Empresarial) frente a la ética
empresarial
, y observa que “en los
últimos años es que cuanto más se ha ido hablando de RSE menos se ha hablado de
ética empresarial”
y que al crecimiento de la primera ha correspondido un
declive de la segunda. Más adelante dice “quizás
ya ha llegado la hora de preguntarse qué hemos perdido con la práctica
desaparición de cualquier referencia a la ética empresarial y su sustitución
por términos como RSE, empresa y sociedad, valores o liderazgo. Porque me temo
que en este hecho se juegan cuestiones mucho más sustantivas de lo que estamos
dispuestos a reconocer” y que “la RSE ha lidiado mal con la cuestión de los
valores”.
Menciona sin embargo que “en
los últimos años el discurso sobre la responsabilidad ha vuelto a abordar
cuestiones de carácter más personal cuando se ha caído en la cuenta de que no
es posible tener empresas responsables sin personas que lo sean. Este abordaje
se ha producido mediante la conexión entre liderazgo y responsabilidad: liderazgo
responsable.”
Lo cual Lozano relaciona con la época que estamos viviendo, “una época en la que probablemente
compensamos las incertidumbres que nos abruman con una demanda de liderazgo, en
el fondo a la espera insensata y casi mesiánica de los líderes que nos sacarán
de los callejones sin salida en los que nos encontramos.”

¿No será que la RSE se ha convertido en algunos casos en una
burocratización de la ética? En informes y formatos que diluyen la esencia y que
se convierten en más importantes que ella. Que el continente es más importante
que el contenido. El bosque que no deja ver los árboles. Cuando la esencia de
la responsabilidad es que se trata de un valor, que, como se dice muy bien en
el Wikipedia, “está en la conciencia de la persona, que le permite reflexionar,
administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, siempre en el
plano de lo moral.”
En otras palabras, responsabilidad significa rectitud y
ética. Porque según la RAE ético significa
“recto, conforme a la moral” y la
ética es el “conjunto de normas morales
que rigen la conducta humana.”
Esto es en general, y en este caso
particular en lo que se refiere a la ética profesional.

En Wikipedia se profundiza en la responsabilidad. “Una vez que pasa al plano ético (puesta en
práctica), se establece la magnitud de dichas acciones y de cómo afrontarlas de
la manera más positiva e integral, siempre en pro del mejoramiento laboral,
social, cultural y natural. La persona responsable es aquella que actúa conscientemente siendo él la causa directa
o indirecta de un hecho ocurrido. Está obligado a responder por alguna cosa o
alguna persona.”

Wikipedia expresa así lo que son los “principios de la responsabilidad”:

“El cumplimiento
responsable en nuestra labor humana, sea cual
fuere, se regiría por principios como:

·        
Reconocer y responder a las propias
inquietudes y las de los demás.

·        
Mejorar sin límites los rendimientos
en el tiempo y los recursos propios del cargo que se tiene.

·        
Reporte oportuno de las anomalías que se generan de manera
voluntaria o involuntaria.

·        
Planear en tiempo y forma las
diferentes acciones que conforman una actividad general.

·        
Asumir con prestancia las
consecuencias que las omisiones, obras, expresiones y sentimientos generan en
la persona, el entorno, la vida de los demás y los recursos asignados al cargo
conferido.

·        
Promover principios y prácticas
saludables para producir, manejar y usar las herramientas y materiales que al
cargo se le confiere.

·        
Difundir”

Responsabilidad, y por lo tanto la RSE también, es en primer
lugar y como mínimo cumplir con los deberes humanos. En este sentido se aplica
a la empresa la Declaración
de Responsabilidades y Deberes Humanos
(DRDH), que se realizó en el
marco de la UNESCO y con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos,
y fue proclamada en 1998 para conmemorar el 50 aniversario de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos en la ciudad de Valencia, y por ello es conocida como la Declaración
de Valencia.

En esta Declaración se define el «deber” como una obligación ética o moral, y «responsabilidad» como una
obligación que tiene fuerza legal de acuerdo con el derecho internacional actual.
Incluye en «la comunidad mundial» a los estados y sus autoridades,
las organizaciones intergubernamentales y las no gubernamentales, las corporaciones públicas y las privadas,
incluyendo las transnacionales
, otras entidades civiles, pueblos,
comunidades y las personas en forma colectiva. Establece también la relación
entre derechos, deberes y responsabilidades:
“Como titulares de los derechos humanos y libertades fundamentales, todas las
personas, pueblos y comunidades, en ejercicio de sus derechos y libertades,
tienen la obligación y la responsabilidad de respetar los de los demás y la
obligación de tratar de promover y observar tales derechos y libertades.”

En todo caso es obligación de cualquier empresa cumplir con
la ley, y en esto entra la ética y los derechos (y por lo tanto los deberes)
humanos. Esto es el mínimo. Y lo que se entiendo por RSE debe por consiguiente ir
más allá. También más allá de lo estrictamente humano. Una empresa socialmente
responsable debe hoy ser “sostenible” en el amplio sentido de la palabra. Según
se lee en Wikipedia:
“La
responsabilidad social corporativa va más allá del cumplimiento de las leyes
y las normas, dando
por supuesto su respeto y su estricto cumplimiento.
En este sentido, la legislación laboral y
las normativas relacionadas con el medio ambiente son el punto de partida con
la responsabilidad
ambiental
. El cumplimiento de estas normativas básicas no se
corresponde con la Responsabilidad Social, sino con las obligaciones que
cualquier empresa debe cumplir simplemente por el
hecho de realizar su actividad. Sería difícilmente comprensible que una empresa
alegara actividades de RSE si no ha cumplido o no cumple con la legislación de
referencia para su actividad. Responsabilidad
social empresarial es una forma de gestión que se define por la relación ética
de la empresa con los stakeholders,
y por el establecimiento de metas
empresariales compatibles con el desarrollo
sostenible
de la sociedad; preservando
recursos ambientales y culturales para las generaciones futuras, respetando la
diversidad y promoviendo la reducción de las desigualdades sociales».

Se dice que la RSE es una iniciativa de carácter voluntario. Está claro que esto es verdad solo hasta
cierto punto. Porque en cuanto se refiere a la ética, al cumplimiento de los
derechos humanos y a la conservación del medio ambiente, es una obligación. La
RSE será por lo tanto una decisión voluntaria si va más allá de lo obligado. “La gestión socialmente responsable, crea
interna y externamente un entorno de negocio y de trabajo favorable, que
propician la generación de valor para todos sus participantes y el desarrollo sustentable
del negocio.”
(Conclusión del informe: “La
Responsabilidad Social y la Calidad de Vida en la Empresa”
)

La European Quality Assurance ha establecido una Norma de Empresa SGE 21,
que dice ser “el primer sistema de
gestión de la responsabilidad social europeo que permite, de manera voluntaria, auditar procesos y alcanzar una certificación
en Gestión Ética y Responsabilidad
Social.
Responsable debe ser contemplado como una parte del sistema de
gestión de la organización y por tanto, compatible e integrable con los sistemas
de gestión de la calidad, medio ambiente, prevención de riesgos laborales, o
innovación, entre otros.”
¿Esta auditoría no debería ser obligada, y no voluntaria?

Acerca de René Aga

. Dr en CC Químicas por la Universidad de Lovaina (KU Leuven) · Senior socio de SECOT en Bilbao. · Seniors para la Cooperación Técnica. · Voluntariado de asesoramiento empresarial, del emprendimiento y profesional. · Administrador y co-editor de la página web y blog de SECOT Bizkaia/Vizcaya · Colaborador de la Fundación Novia Salcedo y miembro externo de su ICARO Think Tank. · Autor en el blog "Construyendo Capital Humano". · Propietario y editor de los blogs "Desde la Educación hasta la Innovación" (https://e2i.blogspot.com/) y "Pienso luego soy" (https://vanzeebroeck.blogspot.com/) . Collaborador con la revista Industria Química (Premio Iberquímica 2020):https://e2i.blogspot.com/2020/12/congreso-y-entrega-de-premios-de.html

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